Las funciones legales de las AMPA se regulan tanto en la Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LO 8/1985, de 3-VII, BOE 4-VII), art. 5 como en el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria (R.D. 82/1996 de 26 de enero. BOE 20/2/96)), art. 55.2. Concretamente en el Colegio Santa Teresa, el AMPA además de las funciones estrictamente legales, tiene asignadas una serie de funciones complementarias indispensables para el funcionamiento del Centro.
La actual Junta Directiva está compuesta, tal y como contemplan los Estatutos del AMPA (descargar Estatutos.pdf), por ocho miembros. Todos ostentan la condición de padres o madres de alumnos del Centro, siendo la renovación de los cargos efectuada por mitades (4 miembros) cada 2 años. Con esta renovación parcial, se persigue que siempre esté presente 2 años de experiencia en tareas directivas en al menos el 50% de los vocales integrantes.
La Junta Directiva mantiene un contacto fluido y continuo con la dirección del Centro, además de tener garantizada su presencia en el Consejo Escolar a través de su representante.
La actual Junta Directiva está compuesta por los siguientes miembros:
Presidente: Santiago Rebollo Alvarez
Vicepresidente: Tomás Reinares Álvarez
Secretaria: Lidia Pérez Graña
Vocal: Estefanía Pérez Pérez
Vocal: Manuel Fidalgo Sánchez
Vocal: Santiago Rebollo Alvarez
Vocal: Antonio Salgado Gil
Vocal: Eugenia Taha Fernández
Vocal: Alberto Luna Gatún
Vocal: Olegario Castaño Fernández
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