Funciones

Las funciones legales de las AMPA se regulan tanto en la Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LO 8/1985, de 3-VII, BOE 4-VII), art. 5 como en el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria (R.D. 82/1996 de 26 de enero. BOE 20/2/96)), art. 55.2. Concretamente en el Colegio Santa Teresa, el AMPA además de las funciones estrictamente legales, tiene asignadas una serie de funciones complementarias indispensables para el funcionamiento del Centro.

  • Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Proyecto educativo y de la Programación general anual.
  • Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que consideren oportuno.
  • Informar a los Padres y Madres de su actividad.
  • Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho Consejo antes de su elaboración, con el objeto de poder realizar propuestas.
  • Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
  • Elaborar propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interior.
  • Formular propuestas para la realización de actividades complementarias.
  • Conocer los resultados académicos y la valoración de los mismos que realice el Consejo Escolar.
  • Recibir un ejemplar del Proyecto educativo, del Proyecto curricular de etapa y de sus modificaciones.
  • Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro.
  • Fomentar la colaboración entre los Padres y Madres y los profesores del centro para el buen funcionamiento del mismo.
  • Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.
  • Gestión del transporte escolar.
  • Fiesta de la comunidad educativa.
  • Producción de catálogo
  • Entrega de agendas escolares a socios
  • Dotaciones de material (pizarras digitales, cámaras, mobiliario, etc.)